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Segmentación de entidades del SFPS, año 2025

De acuerdo con lo establecido en la Sección I, “Norma para la Segmentación de las Entidades del Sector Financiero Popular y Solidario”, del Capítulo XXXVI, “Sector Financiero Popular y Solidario”, perteneciente al Título II, “Sistema Financiero Nacional”, del Libro I, “Sistema Monetario y Financiero”, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, expedida por la Junta de Política y Regulación Financiera, la SEPS ha actualizado la segmentación para el año 2025, tomando como base la información remitida por cada una de las entidades del Sector Financiero Popular y Solidario.

NORMA PARA LA SEGMENTACIÓN DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO

Artículo 1.- Las entidades del sector financiero popular y solidario de acuerdo al tipo y al saldo de sus activos se ubicarán en los siguientes segmentos:

SegmentoActivos
1
Mayor a 80'000.000,00
2
Mayor a 20'000.000,00 hasta 80'000.000,00
3
Mayor a 5'000.000,00 hasta 20'000.000,00
4
Mayor a 1'000.000,00 hasta 5'000.000,00
5
Hasta 1'000.000,00
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