SEPS-IGT-IGS-INSOEPS-INFMR-INGINT-2020-0656 | Norma de control que regula la liquidación voluntaria de las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria sujetas al control de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria
La liquidación voluntaria procederá cuando exista la decisión de al menos las dos terceras partes de los integrantes de la Asamblea o Junta General convocada para el efecto, cuando la organización disponga de los recursos suficientes para atender todas las obligaciones pendientes de pago; y, cuando la organización no mantenga obligaciones pendientes con la Superintendencia, ni procedimientos administrativos sancionadores en trámite.